Asesorías Parlamentarias

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Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014

Investigadora / investigador: Truffello García, Paola

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23/04/2024

La adopción abierta de niños y niñas Características generales y regulación en España, Canadá (provincial) y Alemania (actualizado a abril 2024)

La adopción abierta es un tipo de adopción que propicia el contacto entre la familia biológica, el niño o niña adoptada y su familia adoptiva. Este contacto puede tener diversos grados, desde intercambios de fotos ocasionales a través del correo, por ejemplo, hasta la celebración conjunta de eventos familiares. Si bien se trata de una figura que se utiliza en diversos países, no opera en todos ellos de la misma manera.

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23/04/2024

Adopción y vínculo entre hermanos: Estándar internacional, legislación actual y proyecto de ley.

La Convención sobre los Derechos del Niño reconoce a la familia como el entorno ideal para el pleno y armonioso desarrollo de la personalidad de niños, niñas y adolescentes. Los Estados parte deben velar porque no sean separados de sus padres, salvo cuando lo exija su interés superior, como en casos de maltrato o descuido. En esos casos, cuando los niños, niñas o adolescentes deban ser privados temporal o permanentemente de su medio familiar, la Convención les reconoce el derecho a protección y asistencia especial del Estado y debe garantizarles cuidados alternativos, entre ellos, la adopción. El principio de no separación de los hermanos se observa como una manifestación de derecho a vivir en familia de los niños, niñas y adolescentes cuando deben ser separados temporal o definitivamente de su familia biológica o carecen de ella. En los casos de adopción, dicho principio busca mantener el vínculo entre los hermanos mediante su adopción conjunta o, si ello no es posible, tomando medidas para preservar la continuidad de su vínculo, salvo que ello no responda a su interés superior. En Chile, este principio se consagra en la Ley N° 19.620 de adopción y ha sido recientemente recogido en la Ley N° 21.430 de Garantías, al reconocer el derecho de todo niño, niña y adolescente a vivir en familia.

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28/03/2024

Regulación nacional y extranjera sobre donación de órganos en vida. Asistencia y protección para el donante.

La regulación sobre donación y trasplante de órganos se puede abordar al menos desde dos modelos. Desde la perspectiva del donante, el modelo puede ser de voluntad “explícita” o “presunta”, según si su voluntad debe constar previamente de manera expresa o bien, si ella se presume, siempre que la persona no señale lo contrario. Por su parte, desde la perspectiva del receptor, el modelo puede ser “universal” cuando no existe condición para ser beneficiario de un órgano o bien, “condicionada” cuando la voluntad de no donar de una persona le perjudica en la priorización para recibir eventualmente un órgano, lo que se denomina “principio de reciprocidad”. Chile acogió en su regulación el principio de reciprocidad, siguiendo con ello a países como Israel y Singapur, considerados por la doctrina consultada, como pioneros en adoptarlo.

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26/01/2024

Vigencia especial del documento de identidad para personas mayores: Bélgica y España.

Bélgica y España contemplan una vigencia extendida del documento nacional de identidad para las personas mayores de 75 años y de 70 años, respectivamente. En Bélgica, el documento de identidad electrónico tiene validez de 10 años a contar de la fecha de su solicitud. Se contempla como excepción a esta regla, la vigencia de 6 años para los mayores de 12 y menores de 18 años y de 30 años para los mayores de 75 años, contados desde la fecha de su solicitud. En España, se contemplan rangos etarios para determinar la validez del documento nacional de identidad. Rige por 2 años para las personas menores de 5 años, por 5 años para las mayores de 5 y menores de 30 años, por 10 años para los mayores de 30 y menores de 70 años y, tiene carácter de permanente para los mayores de 70 años. Entre las excepciones se considera también una validez permanente del documento nacional de identidad, para las personas mayores de 30 años que acrediten la condición de gran inválido.

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25/01/2024

Edad de responsabilidad penal adolescente: Estándar internacional y comentarios al Boletín N° 16.457-07.

El Boletín N° 16.457-07 tiene por objeto modificar las reglas de imputabilidad penal de los adolescentes mayores de 16 años, quienes, en atención a la gravedad del delito o a la reincidencia, quedarían excluidos del ámbito de aplicación de la Ley N° 20.084 de responsabilidad penal especial para adolescentes. Se observa la necesidad de analizar la iniciativa a la luz del derecho internacional de los derechos humanos del sistema de Naciones Unidas (en especial, la Convención sobre los Derechos del Niño) y del Sistema Interamericano, principalmente en aspectos del proyecto de ley que inciden en: la definición general de niño, como persona menor de 18 años; la obligación de los Estados parte de fijar una edad mínima de responsabilidad penal y de no adoptar medidas regresivas, en especial respecto a la determinación de dicha edad de imputabilidad penal; la obligación de los Estado parte de establecer un sistema penal distinto con enfoques diferenciados e individualizados para las personas menores de edad, así como el derecho de todo niño privado de libertad de estar separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño.

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15/12/2023

Suspensión del régimen comunicacional por violencia contra la mujer. Doctrina y legislación extranjera: Argentina, España y Uruguay.

El régimen comunicacional o derecho-deber de comunicación se define en la doctrina como aquel que tiene el progenitor que no ejerce el cuidado personal con sus hijos menores de edad. Se trata, de un derecho bifronte, en el sentido que es tanto un derecho del progenitor que no ejerce el cuidado personal, como un derecho del hijo a mantener una relación con el progenitor no conviviente. También la doctrina destaca que, en las situaciones de violencia intrafamiliar y/o de género contra la mujer, existen parámetros indiscutibles a considerar al momento de establecer un régimen comunicacional, a saber: i) la relación violenta del padre con la madre es un factor de riesgo a analizar al determinar un régimen de visitas y de custodia de los hijos con el padre; ii) descartar que la forma de ejercer violencia contra la madre no constituya una violencia invisibilizada con el hijo y; iii) ponderar la forma en que se lleva a cabo el contacto con el hijo para que la relación entre el padre - hijo no constituya un riesgo para la madre, sobre todo cuando existe una prohibición de acercamiento del agresor.

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13/12/2023

Procedimiento judicial de protección de derechos de personas mayores: Comentarios al proyecto de ley Boletín N° 15.563-35.

El documento ofrece un resumen de los principales aspectos del proyecto de ley Boletín 15.563-35, actualmente en discusión en la Comisión de Personas Mayores y Discapacidad de la Cámara de Diputadas y Diputados, que modifica la Ley N°19.968 sobre Tribunales de Familia y la Ley N°19.928 que creó el Servicio Nacional de Adulto Mayor (SENAMA). Esta propuesta de reforma busca, fundamentalmente, introducir normas de procedimiento especiales para la disposición jurisdiccional de medidas de protección para personas adultas mayores de la cuarta edad. En general se identifica una intención de avanzar en la protección de los derechos del grupo de población del adulto mayor para adecuar la legislación interna a las exigencias de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Chile el año 2017.

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28/11/2023

Proyectos de ley de la Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia del Senado (II): Su regulación legal a la fecha.

A la fecha de este informe, se encuentran radicados en la Comisión Permanente de Familia, Infancia y Adolescencia del Senado siete proyectos de ley enviados desde la ex Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes del Senado. Ellos se suman a otras ocho iniciativas radicadas en la citada Comisión Permanente, que también a solicitud de su Secretaria, fueron revisadas en un Informe anterior de la Biblioteca del Congreso (BCN 2023). Del análisis de iniciativas referidas, a la luz de la legislación vigente, se advierte que la mayoría de las modificaciones que se proponen no tienen desarrollo normativo. Las principales materias que abordan dicen relación con: sanciones penales para delitos contra niños, niñas y adolescentes menores de 7 años; delito de infanticidio; cuidado personal de los hijos a falta de padre y madre; tutela judicial de niños niñas y adolescentes y cambios a la regulación de la prueba de peritos; permisos laborales para padres del mismo sexo; preferencia en las Cortes de Apelaciones para la vista de causas sobre amenaza o vulneración de derechos de niños; legitimación activa para demandar alimentos mayores, entre otras.

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20/11/2023

Responsabilidad parental y cuidado personal compartido: Regulación en Uruguay, Argentina, Italia y España.

Los ordenamientos jurídicos han transitado desde sistemas que atribuían facultades y derechos de forma exclusiva a uno de los progenitores, cuando estos no conviven, a aquellos que han incorporado el principio de corresponsabilidad parental, entendido como el ejercicio equitativo y permanente del conjunto amplio de facultades y deberes de los progenitores, dirigido a la protección de los derechos y desarrollo de los hijos. Así se observa en las legislaciones de Argentina, España, Italia y Uruguay y lo destaca la doctrina especializada en esta materia. Asimismo, se advierte una tendencia hacia el ejercicio compartido del cuidado personal de los hijos, como una expresión de la corresponsabilidad parental, y en algunos casos, como una opción preferente, pero siempre que atienda al interés superior del hijo. En general éste procede por acuerdo de los progenitores o decisión judicial.

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03/11/2023

Proyectos de ley, Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia del Senado. Su regulación legal a la fecha.

Del análisis de ocho iniciativas de ley radicadas en la Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia del Senado la luz de la legislación vigente, se advierte que la mayoría de las modificaciones que proponen no tienen desarrollo normativo. Las materias en las que se observa que existe regulación legal, dicen relación con la potestad cautelar de los Tribunales de Familia en materia de violencia intrafamiliar, la suspensión o restricción del régimen de relación directa y regular del progenitor no custodio y la prescindencia de contar con la autorización de este último, para la salida del país de sus hijos, ello como sanción al incumplimiento de su obligación de dar alimentos. Las iniciativas fueron ingresadas a tramitación legislativa entre los años 2022 y 2023 y todas son mociones parlamentarias. Las principales materias que abordan dicen relación con: desincentivos para facilitar cigarrillos y alcohol a menores de edad; sanciones para los padres o tutores que mantienen a sus hijos fuera del ciclo escolar; protección contra la violencia intrafamiliar; plazo de inscripción civil del matrimonio religioso; protección de los hijos frente al incumplimiento de la relación directa y regular del progenitor no custodio, entre otras.

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